La Contraloría elaborará una lista de las infracciones que
tendrán estas sanciones, señaló el contralor Nelson Shack, quien en entrevista
con Gestión adelantó algunos casos pasibles de suspensión o inhabilitación.
Esta semana el Congreso aprobó la ley de fortalecimiento de
la Contraloría General de la República, la cual facultará a esta entidad a
suspender o inhabilitar a gobernadores regionales y alcaldes, en caso de
encontrar irregularidades en su gestión.
El Contralor General de la República, Nelson Shack, refirió
que actualmente los funcionarios públicos elegidos por voto popular están
excluidos de ser sancionados por responsabilidad administrativa. Esto cambiará
cuando se promulgue la ley aprobada en el Congreso.
“Esta ley elimina la exclusión de la responsabilidad
administrativa. Ahora serán procesados como cualquier otro funcionario público.
Si tras la auditoría se determina que se ha cometido una infracción, se podría
sancionar con hasta dos años de suspensión o una inhabilitación de hasta por
cinco años”, subrayó Shack.
Casos de sanción
El Contralor explicó algunos ejemplos de infracciones graves
o muy graves que pueden desencadenar en una suspensión o inhabilitación.
“Por ejemplo, si al hacer auditorías encontramos que hubo
direccionamiento que causó perjuicio económico para el Estado al contratar a un
proveedor y no a otro, es una infracción muy grave”, señaló.
Otro caso es cuando no se respetó la ley de contrataciones y
adquisiciones, en determinado procedimiento.
“Creen que algo es una emergencia (cuando no lo es) y
compran rompiendo todos los procesos. Y eso pasa más cotidianamente de lo que
creemos”, anotó Shack.
El informe sancionador de Contraloría también será enviado
al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), donde se podría disponer la vacancia
del funcionario público.
Plazos
La ley aprobada dispone que la Contraloría tenga un periodo
de 120 días para implementar los cambios.
En ese tiempo también se elaborará una lista de infracciones
y sus respectivas sanciones.
“Todos los funcionarios públicos tienen que tener claro
todas las conductas infractoras por las cuales serán sujetos de sanción. En
muchos casos hay una tipificación ambigua, por lo que tendremos un proceso
riguroso de retipificación”, refirió.
Agregó que con la reforma los procesos sancionadores se
volverán más céleres y predecibles, por lo que se espera reducir el tiempo
promedio que toma un proceso sancionador de dos años a seis meses.
“Los resultados de este cambio se empezarán a dar desde fin
de año”, apuntó Shack.
Al Presidente no
La Contraloría también precisó que solo quedarán excluidos
de ser sancionados los titulares de organismos constitucionalmente autónomos y
autoridades con prerrogativa de antejuicio político, como el Presidente de la
República (art. 99 de la Constitución), por hechos realizados en el ejercicio
de sus funciones.
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